Ayudas complementarias para alumnado universitario del Programa de Movilidad Erasmus+

Tipo de beca:
Becas y ayudas al estudios
Entidad: Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
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Se convocan ayudas para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ para el curso 2026/2027.

Se establecen dos modalidades: Modalidad A Erasmus+ Estudios y Modalidad B Erasmus+ Prácticas.
Destinatarios:
  • Alumnado universitario seleccionado en el marco del Programa Erasmus+ Estudios o Prácticas que curse estudios oficiales en la Universidad de Extremadura, y el alumnado con vecindad familiar administrativa en Extremadura que realice estudios oficiales de Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que sean estudios no impartidos en la Universidad de Extremadura o no hubiera obtenido plaza en la universidad extremeña por no alcanzar la nota de corte correspondiente en el curso académico en el que ingresó en la universidad.
Requisitos:
  • Acreditar una nota media aritmética en la titulación cursada de al menos 6 puntos. Se aplicará un coeficiente corrector para las calificaciones procedentes de estudios de la rama de Ingeniería y Arquitectura, Ciencias y Ciencias de la Salud.
  • Matricularse en el curso académico 2026/2027 en estudios oficiales en la Universidad de Extremadura o en estudios oficiales de Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que se cursen estudios no impartidos en la Universidad de Extremadura, o no hubiera obtenido plaza en ella por no alcanzar la nota de corte correspondiente al curso académico en el que ingresó en la universidad.
  •  Que la persona solicitante haya sido seleccionada, en el marco del Programa Erasmus+ Estudios, en la convocatoria correspondiente al curso 2026/2027. En el caso del Programa Erasmus+ Prácticas, se deberá haber comenzado la estancia formativa en los 12 meses inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
  • Tener la persona solicitante y el padre o la madre con quien conviva vecindad administrativa en Extremadura, cuando se cursen estudios en otra universidad fuera de Extremadura.
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La cuantía de la ayuda correspondiente a cada persona beneficiaria se determinará en función del número de meses de duración de cada estancia, subvencionándose hasta un máximo de 7 meses. El importe mensual de la ayuda será de doscientos euros al mes.
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Plazo de inscripción:
Enviado por: Teresa
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