Tarjeta de transporte subvencionado especial 100 %
Tipo de beca:
Otras becas y ayudas
Entidad:
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Se convoca, para el año 2026, la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, en aquellos desplazamientos que tengan su origen y destino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la bonificación íntegra del precio del billete.
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 1 de enero hasta el día 31 de diciembre de 2026.
Las personas que se encuentren en posesión de la tarjeta de transporte subvencionado con anterioridad a la presente convocatoria conservarán aquella como título válido y legítimo sin necesidad de solicitar expresamente su reactivación.
- Personas que tengan su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Extremadura, cualquiera que sea su condición personal.
Observaciones:
En el caso de que la persona beneficiaria hubiese contratado, de forma anticipada, un viaje mediante la adquisición del billete en la taquilla de la empresa operadora o utilizando un sistema electrónico de venta por internet y, con posterioridad, desista de efectuar el desplazamiento, deberá cancelar, por el mismo medio de adquisición, el viaje contratado, con una antelación temporal superior a las dos horas previas a la hora programada para el viaje en cuestión.
Quedará penalizada la contratación de cuatro viajes de forma anticipada, cuando los billetes a que se refieren dichos viajes no hayan sido validados en ruta en la fecha programada y sin que se haya producido la pertinente cancelación previa.
La penalización consistirá en la desactivación electrónica de la tarjeta con el fin de impedir, durante el resto de la vigencia de la convocatoria, que la persona usuaria pueda efectuar contrataciones de viajes de forma anticipada.
Los usuarios afectados por penalizaciones adoptadas en 2025 respecto de contrataciones efectuadas en dicho ejercicio podrán interesar, mediante el formulario contenido en el anexo I, la activación electrónica de la función deshabilitada, acompañado del justificante de ingreso (modelo 050) acreditativo del pago de la tasa.
Aquellas tarjetas de transporte subvencionado que, habiéndose expedido con anterioridad al día 1 de enero de 2022, no hayan sido utilizadas en ninguna ocasión, requerirán del trámite de reactivación electrónica, a cuyo efecto será necesaria la presentación del modelo de solicitud contenido en el anexo I de la resolución, siendo válido el pago de la tasa efectuado en el momento de la expedición, en su caso.
Plazo de inscripción:
Enviado por: Teresa


