Bono Alquiler Joven 2026/27

Se convocan las ayudas estatales del Programa Bono Alquiler Joven, correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, destinadas a facilitar el acceso a la vivienda y favorecer la emancipación de las personas jóvenes de la región.

Personas de hasta 35 años, con ingresos limitados y que dispongan de una fuente regular de ingresos, ya sea por trabajo por cuenta ajena o propia, actividad investigadora o percepción de prestaciones públicas periódicas.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde el 15 de julio de 2026.
  • Poseer nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de las personas extranjeras no comunitarios deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
  • No hallerse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Tener una edad igual o inferior a 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de personas arrendatarias, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o, en calidad de personas cesionarias, de un contrato de cesión de uso.
  • Tener una fuente regular de ingresos, siempre que puedan acreditar ingresos de, al menos, tres meses de antigüedad, en los seis meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses posteriores a su solicitud.
  • Que la suma de los ingresos anuales de las personas físicas integrantes de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este límite podrá incrementarse hasta 3’5 veces cuando convivan dos jóvenes beneficiarios y hasta cuatro veces cuando la vivienda esté compartida por tres o más jóvenes beneficiarios.
  • Que destinen la vivienda o habitación objeto de la ayuda a su residencia habitual y permanente durante todo el periodo de alquiler subvencionado.
  • Que la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto de la ayuda sea igual o inferior a 600 euros mensuales, o a 300 euros mensuales. en el caso de una habitación.

Ayuda de 250€/mes, durante un máximo de 2 años.

D.O.E. nº 126 de 2 de julio de 2026
PLAZO SOLICITUD:  Del 15 de julio al 14 de octubre
4 comentarios
  1. Zakariae
    Zakariae Dice:

    Buenas soy un tengo 25 años joven vivo en casar de caceres tengo una casa de alquiler y a hira buscando un ayuda de alquiler

    Responder
    • Teresa
      Teresa Dice:

      Buenos días. Entiendo que vives de alquiler en una casa. La Junta ha anunciado que sale de nuevo este año el Bono de Alquiler Joven, pero aún no se ha abierto el plazo de solicitud, que será a partir del 15 de julio y la Junta aún no ha actualizado la información en su página web. La información que tenemos es esta.
      https://juventud.ayto-caceres.es/bono-alquiler-joven-2026-27/ El enlace que aparece en esa web es al trámite, pero aún no está actualizada. Un saludo.
      .

      Responder

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *