Ayudas al establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Que la relación laboral o profesional se pueda desarrollar desde la Comunidad Autónoma de Extremadura de forma remota y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de información.
- Estar residiendo fuera de la Comunidad Autónoma en el momento de presentación de la solicitud y haber residido fuera de Extremadura durante los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de ayuda.
- No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- 10.000 euros cuando la persona que solicite la ayuda reúna, sin que sean acumulables entre sí, una de las siguientes condiciones:
- Joven menor de 30 años.
- Mujer.
- Que se empadrone en una localidad de menos de 5.000 habitantes.
- 8.000 euros para aquellas personas que no se encuentren encuadradas en ninguno de los anteriores grupos.
Inscripción: Hasta el 8 de octubre de 2025
Bases de la convocatoria: D.O.E. 8-10-2024
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