La Fundación Antonio Pereira convoca la segunda edición de las Becas Fundación Antonio Pereira para poetas, escritores, investigadores y estudiosos.

Requisitos:
  • Mayores de edad sin otra restricción que la de presentar sus propuestas en lengua castellana o gallega.
Dotación:
La Fundación adjudicará en su totalidad el monto de las Becas, (50.000 €), distribuyéndolo en proporción con el exponente cualitativo de las propuestas presentadas.
Las becas tendrán una cuantía mínima de 10.000 €.
Se convocan subvenciones del programa “Bono formación en el sector del transporte”, destinadas a financiar la formación teórica y, en su caso, práctica conducente a la obtención de los siguientes permisos, con el fin de favorecer la empleabilidad de las personas desempleadas y ocupadas destinatarias del programa:
  • Permiso B (subvencionable la formación teórica).
  • Permisos C y C+E, destinados al transporte de mercancías, y Permiso D, destinado al transporte de viajeros/as (subvencionable formación teórica y formación práctica, consistente en 20 clases de maniobras o circulación, con una duración de 30 minutos por clase).
  • Personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.

El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de las solicitudes, será de un año.

  • Tener su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de al menos 6 meses.
  • En el caso de persona desempleada, encontrarse inscrita como demandante de empleo en un centro de empleo del servicio extremeño público de empleo.
  • En el caso de persona ocupada, encontrarse trabajando en un centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • En el caso de solicitar el bono de formación para obtener el permiso de conducir B, deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
    • Mujeres con domicilio habitual en municipios menores de 20.000 habitantes.
    • Personas desempleadas de larga duración.
    • Personas ocupadas de los sectores productivos del transporte, de la logística y del comercio.

Plazo de solicitudes: Desde el 22/01/2026 al 22/01/2027.

Se convocan Ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2026.

El procedimiento para la concesión de esta línea de ayudas será el de concesión directa mediante convocatoria pública abierta.
Personas extremeñas en el exterior que regresen a Extremadura de manera definitiva y reúnan además los siguientes requisitos:
  • Haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura un periodo mínimo de tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno.
  • No haber transcurrido más de un año desde la fecha de su retorno a Extremadura.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en algún municipio de Extremadura en el momento de presentar la solicitud.
  • Las rentas o ingresos brutos, en cómputo anual de enero a diciembre, de la unidad familiar no superen los límites económicos establecido en la convocatoria.
Cuantía única de 1.500 euros, incrementados en 350 euros en las siguientes situaciones:
  • Cuando la unidad familiar tenga la condición de familia numerosa.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar haya sido objeto de violencia de género.
  • Cuando la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar ostente la condición de víctima del terrorismo.

Se convoca, para el año 2026, la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, en aquellos desplazamientos que tengan su origen y destino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la bonificación íntegra del precio del billete.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 1 de enero hasta el día 31 de diciembre de 2026.

Las personas que se encuentren en posesión de la tarjeta de transporte subvencionado con anterioridad a la presente convocatoria conservarán aquella como título válido y legítimo sin necesidad de solicitar expresamente su reactivación.
  • Personas que tengan su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Extremadura, cualquiera que sea su condición personal.
Observaciones:
En el caso de que la persona beneficiaria hubiese contratado, de forma anticipada, un viaje mediante la adquisición del billete en la taquilla de la empresa operadora o utilizando un sistema electrónico de venta por internet y, con posterioridad, desista de efectuar el desplazamiento, deberá cancelar, por el mismo medio de adquisición, el viaje contratado, con una antelación temporal superior a las dos horas previas a la hora programada para el viaje en cuestión.
Quedará penalizada la contratación de cuatro viajes de forma anticipada, cuando los billetes a que se refieren dichos viajes no hayan sido validados en ruta en la fecha programada y sin que se haya producido la pertinente cancelación previa.
La penalización consistirá en la desactivación electrónica de la tarjeta con el fin de impedir, durante el resto de la vigencia de la convocatoria, que la persona usuaria pueda efectuar contrataciones de viajes de forma anticipada.
Los usuarios afectados por penalizaciones adoptadas en 2025 respecto de contrataciones efectuadas en dicho ejercicio podrán interesar, mediante el formulario contenido en el anexo I, la activación electrónica de la función deshabilitada, acompañado del justificante de ingreso (modelo 050) acreditativo del pago de la tasa.
Aquellas tarjetas de transporte subvencionado que, habiéndose expedido con anterioridad al día 1 de enero de 2022, no hayan sido utilizadas en ninguna ocasión, requerirán del trámite de reactivación electrónica, a cuyo efecto será necesaria la presentación del modelo de solicitud contenido en el anexo I de la resolución, siendo válido el pago de la tasa efectuado en el momento de la expedición, en su caso.